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Sorteo Mes de los Enamorados

TÉRMINOS Y CONDICIONES “CASAMIENTO EN EL PARQUE DE LA COSTA”

1. PARQUE DE LA COSTA (en adelante “EL ORGANIZADOR o LA EMPRESA”), con domicilio en Calle Florida 537 piso 18° de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, llevará adelante el concurso denominado “Casamiento en el Parque de la Costa” (en adelante “EL CONCURSO”). La forma de intervenir y las reglas del Concurso están contenidas en las presentes Bases y Condiciones (en adelante las "BASES"). El CONCURSO tendrá vigencia desde las 9:00 horas del 14 de febrero de 2024 hasta las 23.59 horas del 28 de febrero de 2024 o hasta que el ORGANIZADOR decida dejar de emitir el CONCURSO y/o hasta que el CONCURSO tenga un Ganador conforme los términos de la cláusula 10, de entre los tres (3) hechos el que ocurra primero (el "PLAZO DE VIGENCIA"). La pareja ganadora será anunciada el día 1 de marzo 2024 en las redes sociales oficiales del organizador.

2. Procedimiento para participar del CONCURSO: La pareja participante deberá cumplir con los requisitos establecidos en el punto 1 de la presente y las siguientes condiciones - Deberán ser (i) personas físicas, (ii) mayores de 18 años, (iii) residentes argentinos. - No podrán participar del CONCURSO empleados de la EMPRESA, ni de cualquiera de sus vinculadas, controlantes, controladas o asociadas, sea en forma directa o indirecta a través de terceras personas.

3. El CONCURSO se aplica exclusivamente en el territorio de la Provincia de Buenos Aires, República Argentina. Al menos uno de los integrantes de la pareja deberá poseer su domicilio en la Provincia de Buenos Aires.

4. Está prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en el CONCURSO que se realice por cualquier proceso, técnica o mecánica de participación distinta a la detallada en estas Bases. El costo/precio del acceso a internet o línea telefónica o cualquier otro medio de comunicación necesario para toda y cualquier participación, actividad y/o intervención relacionada al CONCURSO, correrá a cargo exclusivo de los PARTICIPANTES, interesados y/o usuarios, no asumiendo el ORGANIZADOR ninguna responsabilidad de ninguna índole por ningún concepto. Asimismo, el ORGANIZADOR no se responsabiliza por las alteraciones, modificaciones, cortes, interrupciones, que pudieran afectar el servicio de comunicación utilizado ni por los daños y perjuicios de cualquier naturaleza que puedan deberse a la falta de disponibilidad o de continuidad del funcionamiento de dicho servicio y/o de la aplicación en los dispositivos y/o hardware. El ORGANIZADOR no es responsable por las acciones de terceros que de cualquier modo pudieran interceptar, eliminar, alterar, modificar y/o manipular de cualquier modo la aplicación de este CONCURSO.

5. Modificación a las “LAS BASES”: La EMPRESA podrá modificar cualquiera de los puntos enunciados en “LAS BASES”, siempre que no se altere la esencia del Concurso, por circunstancias imprevistas no imputables a ésta. El mismo hecho de inscribirse en el CONCURSO implica el conocimiento y la aceptación plena de “LAS BASES”. Las decisiones de la EMPRESA sobre todos y cada uno de los aspectos del CONCURSO, incluyendo decisiones por cualquier cuestión no prevista en “LAS BASES” serán definitivas e irrecurribles. La EMPRESA se reserva el derecho de finalizar o modificar el CONCURSO en caso de existir fraudes, dificultades técnicas o cualquier otro factor fuera del control de la EMPRESA que pudiera comprometer la integridad del CONCURSO. El ORGANIZADOR se reserva el derecho de interpretar las presentes Bases, circunstancia que los PARTICIPANTES aceptan por el solo hecho de participar en el CONCURSO.

6. El organizador se reserva el derecho de modificar la fecha elegida para la celebración del casamiento dentro del mes de corrido, teniendo en cuenta las fechas y horarios de apertura y cierre del predio como asimismo factores climáticos que puedan afectar a la actividad en cuestión.

7. El CONCURSO se organiza de la siguiente manera. Descripción Básica.

7.1 Los participantes deberán completar el formulario entregado por el organizador a los fines de formar parte del concurso.
7.2 El formulario a completar se podrá encontrar en las redes sociales oficiales del organizador, como ser su cuenta de Instagram (@parquedelacosta_oficial).
7.3 Los participantes se comprometen a completar el formulario con información verídica.
7.4 Formarán parte del concurso todas aquellas parejas que completen el formulario dentro de la fecha anunciada en el inciso 1.
7.5 El organizador se guarda la facultad de poder solicitar cualquier tipo de información adicional que considere conveniente a los fines del concurso.
7.6 El organizador anunciará la pareja ganadora del concurso el día 1 de marzo en sus redes sociales. Asimismo, se contactará con la pareja ganadora vía email según lo informado por esta en el formulario.
7.7 La pareja ganadora obtendrá la oportunidad de realizar una fiesta de casamiento en el predio del Parque de la Costa, según se detalla en el inciso 9.
7.8 Será responsabilidad de la pareja haber realizado todos los trámites en el Registro Civil ubicado en la Av. Cazón 1378, Partido de Tigre, Provincia de Buenos Aires para poder celebrar la boda con el juez de paz que se encontrará en el predio la fecha del evento. La sola participación en el CONCURSO implica para los PARTICIPANTES el conocimiento y la aceptación de las disposiciones previstas en los presentes Términos y Condiciones (en adelante “LAS BASES”), de conformidad con las Disposiciones Legales aplicables.

8. Exclusión de responsabilidad; Indemnidad: Como condición para participar en el CONCURSO, cada PARTICIPANTE acepta que la EMPRESA no será responsable por ningún daño directo ni indirecto que pudiera sufrir el PARTICIPANTE o cualquier tercero con motivo y/u ocasión de la participación en el CONCURSO, y/o el uso, destino o finalidad del Premio, renunciando la EMPRESA a cualquier tipo de responsabilidad contractual y/o extracontractual frente a los participantes y cualquier tercero, lo que es aceptado incondicionalmente por cada PARTICIPANTE.

9. PREMIO. - El Premio consta de la celebración del casamiento de la pareja en el Parque de la costa, más precisamente en la montaña rusa “boomerang” pudiendo tener 26 invitados (Total 28 personas). Asimismo, el premio incluye una comida dentro del predio en el Restaurant denominado “Winners Pub”, pudiéndose elegir uno de los siguientes combos: • Hamburguesa con lechuga y tomate (carne 80 grs) + papas medianas (170 grs) + vaso de gaseosa mediana (360 cc). • Hamburguesa con jamón y queso (carne 80 grs) + papas medianas (170 grs) + vaso de gaseosa mediana (360 cc). • Combo superpancho + papas medianas (170 grs) + vaso de gaseosa mediana (360 cc). • Spaghettis con salsa a elección + vaso de gaseosa mediana (360 cc). • Ensalada grande (500 gr) + vaso de gaseosa mediana (360 cc) o agua mineral. • Hamburguesa de legumbre + ensalada + botellita de agua (500 cc). Luego de la comida, la pareja que resulte ganadora como sus invitados podrán seguir disfrutando de las diversas actividades ofrecidas en el Parque de la Costa ya que contarán con un pasaporte full hasta la hora de cierre. El premio no incluye ningún otro concepto, bienes o servicios distintos o adicionales al enunciado específicamente; Tanto los viáticos al predio como el hospedaje en la ciudad, en caso de ser necesario, correrá por cuenta de los ganadores. El premio tendrá lugar en la fecha elegida previamente por los ganadores, debiendo elegir una de las propuestas por el organizador del concurso. El Premio es intransferible, y no podrá exigirse su canje por dinero o por cualquier otro elemento. El ORGANIZADOR podrá modificar el Premio por otro de la misma especie, de igual o mayor valor.

10. SORTEO.- Entre el total de las parejas postulantes, un jurado designado por el organizador elegirá a las 5 finalistas, basándose en diversas cuestiones como ser la credibilidad de su historia. Una vez designadas las 5 parejas finalistas, el organizador realizará un sorteo mediante la web (https://app-sorteos.com/es/login) para designar a la pareja GANADORA del premio. Para la elección de las 5 parejas finalistas, el jurado designado por el organizador tendrá plena facultad para solicitarles información adicional que consideren oportuna para tomar su decisión.

11. RETIRO DEL PREMIO. - El ORGANIZADOR se pondrá en contacto con el Ganador para avisarle que resultó Ganador. Cualquier costo y/o gasto en que los PARTICIPANTES deban incurrir para participar del CONCURSO y/o para hacerse acreedores del Premio será a su exclusiva cuenta.

12. RESPONSABILIDAD DEL ORGANIZADOR LUEGO DE LA ENTREGA DEL PREMIO. - El ORGANIZADOR no responderá por ningún daño o perjuicio que se ocasione a cualquier persona con motivo o debido a la participación de la misma en el CONCURSO, en cualquier calidad que la misma participe, así como a cualquier reclamo o daño relacionado con cualquier aspecto de la misma, o incluyendo pero sin limitación, aquellos daños vinculados con el acceso y otorgamiento de cualquiera de los Premios, siempre que dicho daño no sea imputable a la exclusiva culpa grave o exclusivo dolo del ORGANIZADOR. El ORGANIZADOR no será responsable por daños, perjuicios o pérdidas ocasionados al Ganador o a cualquier otro tercero, en su persona y/o bienes, con motivo o en ocasión de la aceptación, recepción o utilización del Premio. El ORGANIZADOR no será responsable por ningún daño o perjuicio, de cualquier tipo que fuere, que pudieren sufrir el Ganador o terceros, con motivo de o en relación con el uso del Premio. El PARTICIPANTE se abstiene de efectuar cualquier tipo de reclamo contra el ORGANIZADOR por cualquier causa vinculada a la calidad, comercialización, garantías del producto/servicio de que se trate.

13. En virtud de la normativa aplicable, se informa a los PARTICIPANTES lo siguiente: [Ley 25.326, artículo 27:] “1. En la recopilación de domicilios, reparto de documentos, publicidad o venta directa y otras actividades análogas, se podrán tratar datos que sean aptos para establecer perfiles determinados con fines promocionales, comerciales o publicitarios; o permitan establecer hábitos de consumo, cuando éstos figuren en documentos accesibles al público o hayan sido facilitados por los propios titulares u obtenidos con su consentimiento. 8. En los supuestos contemplados en el presente artículo, el titular de los datos podrá ejercer el derecho de acceso sin cargo alguno. 3. El titular podrá en cualquier momento solicitar el retiro o bloqueo de su nombre de los bancos de datos a los que se refiere el presente artículo”. [Decreto 1558/2001, artículo 27, tercer párrafo:] “En toda comunicación con fines de publicidad que se realice por correo, teléfono, correo electrónico, Internet u otro medio a distancia a conocer, se deberá indicar, en forma expresa y destacada, la posibilidad del titular del dato de solicitar el retiro o bloqueo, total o parcial, de su nombre de la base de datos. A pedido del interesado, se deberá informar el nombre del responsable o usuario del banco de datos que proveyó la información”. [Disposición 10/2009, Dirección Nacional de Protección de Datos Personales:] “El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326”. “La DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES, Órgano de Control de la Ley Nº 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales”.

14. El ORGANIZADOR no se responsabiliza por el uso que pueda hacerse de la información personal provista por cada PARTICIPANTE en el supuesto que sea utilizada sin su autorización o resultare de un hecho ilícito o en exceso de atribuciones de sus dependientes.

15. Los PARTICIPANTES ganadores otorgan al ORGANIZADOR una autorización para publicar sus nombres, DNI y/o fotos, en los medios y en las formas de comunicación que el ORGANIZADOR crea conveniente. Dicha autorización se otorga en forma incondicionada e irrevocable por el término de 2 (dos) años a contabilizarse desde la fecha de inicio del Plazo de vigencia del presente CONCURSO. Dicha autorización se otorga en forma gratuita, sin obligación de compensación alguna, y para todo el territorio de la República Argentina. Los nombres, DNI y/o las fotos de los PARTICIPANTES podrán ser utilizados y/o publicados en Internet y/o en diarios y/o en cualquier otro medio donde el ORGANIZADOR lo considere conveniente o necesario. En aquellas jurisdicciones en las que la previsión de este punto no fuere exigible, el ORGANIZADOR podrá condicionar la entrega de los Premios a que sus respectivos ganadores suscriban una autorización para la utilización de su nombre, DNI y/o fotos con la misma extensión de lo previsto en este punto.

16. La pareja que resulte ganadora, como las personas que resulten invitadas al casamiento, ceden los derechos de uso de su imagen al organizador pudiente este utilizarlas en futuras promociones, propagandas, publicidades o en la actividad que considere oportuno. La pareja ganadora como sus invitados no podrán realizar ningún tipo de reclamo por ello.

17. Cualquier controversia que se produzca con motivo de la validez, interpretación y aplicación del CONCURSO, será resuelta por los tribunales nacionales ordinarios en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina. Para todo lo que no se mencione expresamente en estas Bases, rigen las normas establecidas en el Código Civil referente al tema. Este Sorteo se realiza bajo la modalidad “SIN OBLIGACION DE COMPRA”.